Política de privacidad

AVISO DE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD DE LA HIPAA

ESTE AVISO DESCRIBE CÓMO SE PUEDE UTILIZAR Y DIVULGAR LA INFORMACIÓN MÉDICA SOBRE USTED Y CÓMO PUEDE ACCEDER A ESTA INFORMACIÓN. POR FAVOR REVISE CUIDADOSAMENTE.

  • Su información médica es personal. Somos una Entidad Cubierta por la HIPAA y, por ley, estamos obligados a mantener la confidencialidad de su información de salud personal (PHI). Estas leyes nos exigen informarle sobre nuestras obligaciones legales y prácticas de privacidad, así como notificar a las personas afectadas en caso de una violación de seguridad de la PHI. Estamos obligados a cumplir con los términos del aviso de prácticas de privacidad vigente. 
  • Divulgaciones permitidas de PHIPodemos divulgar su PHI sin autorización por las siguientes razones:
    1. Tratart. Podemos divulgar su información de salud protegida a un médico u otro profesional de la salud que le brinde tratamiento. Por ejemplo, podemos divulgar información médica sobre usted a médicos, enfermeros, técnicos o personal involucrado en la administración de su atención.
    2. Pago. Podemos divulgar su información de salud protegida (PHI) para facturar y cobrar los servicios que le brindamos. Por ejemplo, podemos enviarle una factura a usted o a un tercero pagador (como su compañía de seguros médicos) por los servicios prestados. La factura puede contener información que lo identifique, su diagnóstico, los procedimientos y los suministros utilizados. Es posible que debamos divulgar esta información a las compañías de seguros para determinar su elegibilidad para los beneficios del seguro. También podemos proporcionar su PHI a nuestros socios comerciales, como compañías de facturación, compañías de procesamiento de reclamaciones y otras que procesan nuestras reclamaciones de atención médica.
    3. Operaciones de cuidado de la salud. Podemos divulgar su información de salud protegida (PHI) en relación con nuestras operaciones de atención médica. Estas operaciones incluyen actividades de evaluación de la calidad, revisión de la competencia o cualificaciones de los profesionales de la salud, evaluación de nuestro desempeño y otras operaciones comerciales. Por ejemplo, podemos usar su PHI para evaluar el desempeño de los servicios de atención médica que recibió. También podemos proporcionar su PHI a contadores, abogados, consultores y otros para garantizar el cumplimiento de las leyes que nos rigen. Podemos divulgar su PHI a nuestros socios comerciales que están obligados contractualmente a proteger su PHI de conformidad con un Acuerdo de Asociación Comercial, incluidos los proveedores que ofrecen servicios de documentación clínica asistida por inteligencia artificial (IA), como asistentes médicos con IA que capturan y transcriben su consulta para fines de registro clínico.
    4. Tratamiento de emergencia. Podemos divulgar su información de salud protegida si necesita tratamiento de emergencia o no puede comunicarse con nosotros.
    5. Familiares y Amigos. Podemos divulgar su información de salud protegida a un familiar, amigo o cualquier otra persona que usted identifique como involucrada en su atención o en el pago de la misma, a menos que usted se oponga.
    6. Requerido por la ley. Podemos divulgar su información de salud protegida (PHI) con fines policiales y según lo exija la ley estatal o federal. Por ejemplo, la ley puede requerir que informemos casos de abuso, negligencia o violencia doméstica; que informemos ciertas lesiones, como heridas de bala; o que divulguemos PHI para ayudar a las autoridades a localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo clave o persona desaparecida. Le informaremos a usted o a su representante si divulgamos su PHI porque creemos que usted es víctima de abuso, negligencia o violencia doméstica, a menos que determinemos que informarle a usted o a su representante lo pondría en riesgo. Además, debemos proporcionar PHI para cumplir con una orden en un procedimiento legal o administrativo. Finalmente, es posible que debamos proporcionar PHI en respuesta a una citación judicial, una solicitud de descubrimiento de pruebas u otro proceso legal, pero solo si nosotros o la parte solicitante hemos hecho esfuerzos para comunicarnos con usted sobre la solicitud u obtener una orden de un tribunal u organismo administrativo para proteger la PHI solicitada.
    7. Amenaza grave para la salud o la seguridadTy. Podemos divulgar su PHI si creemos que es necesario para evitar una amenaza grave a la salud y seguridad de usted o del público.
    8. Salud Pública. Podemos divulgar su información de salud protegida a las autoridades de salud pública u otras autoridades encargadas de prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades, o encargadas de recopilar datos de salud pública.
    9. Actividades de supervisión de salud. Podemos divulgar su información de salud protegida a una agencia de supervisión de la salud para actividades autorizadas por ley. Estas actividades incluyen auditorías; investigaciones o procedimientos civiles, administrativos o penales; inspecciones; licencias o medidas disciplinarias; u otras actividades necesarias para la supervisión del sistema de atención médica, los programas gubernamentales y el cumplimiento de las leyes de derechos civiles.
    10. Investigue . Podemos divulgar su información de salud protegida (PHI, por sus siglas en inglés) para ciertos fines de investigación, pero solo si contamos con medidas de protección y protocolos para garantizar la privacidad de su PHI.
    11. Compensación laboraln. Podemos divulgar su PHI para cumplir con las leyes relacionadas con la compensación laboral u otros programas similares.
    12. Actividades Gubernamentales Especializadas. Si usted es militar en servicio activo o veterano, podemos divulgar su información médica protegida (PHI) según lo exijan las autoridades militares. También podríamos vernos obligados a divulgar PHI a funcionarios federales autorizados para la realización de actividades de inteligencia u otras actividades de seguridad nacional.
    13. Médicos forenses, médicos legistas, directores de funerarias. Podemos divulgar su información de salud protegida a los forenses o médicos legistas con el fin de identificar a una persona fallecida o determinar la causa de la muerte, y a los directores de funerarias según sea necesario para que puedan cumplir con sus funciones.
    14. Manejo de Emergencias . A menos que usted se oponga, podemos divulgar su información de salud protegida a una agencia gubernamental o entidad privada (como FEMA o la Cruz Roja) que preste asistencia en labores de socorro en casos de desastre.
    15. Operaciones diarias. El día de su cita, es posible que le pidamos que firme en un registro o hoja de asistencia que otras personas podrían ver. Durante su cita, es posible que se mencione su nombre completo en la recepción, donde otras personas podrían escucharlo. Podemos usar y divulgar información médica para recordarle que tiene una cita o que debe recibir atención médica periódica. Podemos comunicarnos con usted por teléfono, mensaje de texto, mensaje de voz, correo electrónico o por escrito, con las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas adecuadas. Estas notificaciones podrían ser interceptadas (potencialmente). Divulgaremos la menor cantidad de información posible. 
    16. Los internos. Si usted es un recluso de una institución penitenciaria o se encuentra bajo la custodia de un agente del orden público, podemos divulgar información médica sobre usted a dicha institución o agente. Esta divulgación sería necesaria (1) para que la institución le brinde atención médica; (2) para proteger su salud y seguridad o la de otras personas; o (3) para la seguridad de la institución penitenciaria. 
    17. Seguimiento de dispositivos médicos. Si le implantamos un dispositivo médico (como una lente) durante su atención médica, es posible que la ley federal nos exija divulgar cierta información médica protegida al fabricante de dicho dispositivo. Consulte la Parte 821 del Título 21 del Código de Regulaciones Federales (Requisitos de la FDA para el seguimiento de dispositivos médicos). Esta divulgación es necesaria para que el fabricante pueda localizar y notificar a los pacientes en caso de que se retire el dispositivo del mercado, se emita una alerta de seguridad o se investigue un evento adverso.

Divulgaciones que requieren autorización por escrito

    1. No permitido de otra manera. En cualquier otra situación no descrita en la Sección (a) anterior, no podremos divulgar su información de salud protegida sin su autorización por escrito. Usted tiene derecho a revocar su autorización por escrito, salvo en la medida en que el consultorio haya actuado basándose en ella, o si la autorización se obtuvo como condición para obtener cobertura de seguro y otras leyes otorgan a la aseguradora el derecho a impugnar una reclamación en virtud de la póliza o la póliza misma.
    2. Notas de psicoterapia. Debemos recibir su autorización por escrito para divulgar las notas de psicoterapia, excepto para ciertas actividades de tratamiento, pago u operaciones de atención médica.
    3. Comercialización y venta de PHI. Debemos recibir su autorización por escrito para cualquier divulgación de información médica protegida con fines de marketing o para cualquier divulgación que constituya una venta de información médica protegida.

Sus derechos

      1. Derecho a recibir una copia impresa de este aviso. Usted tiene derecho a recibir una copia impresa de este Aviso si así lo solicita.
      2. Derecho de acceso a la PHI. Usted tiene derecho a inspeccionar y obtener una copia de su información de salud protegida (PHI) mientras mantengamos su expediente médico. Debe solicitar el acceso por escrito a nuestro representante en la dirección que figura al final de este Aviso. Es posible que le cobremos una tarifa razonable por el procesamiento de su solicitud y la copia de su expediente médico. En ciertas circunstancias, podríamos denegar su solicitud de acceso a su PHI, y usted podría solicitar que reconsideremos nuestra denegación. Según el motivo de la denegación, otro profesional de la salud autorizado, elegido por nosotros, podría revisar su solicitud y la denegación.
      3. Derecho a Solicitar Restricciones. Usted tiene derecho a solicitar una restricción en el uso o divulgación de su información de salud protegida (PHI) para fines de tratamiento, pago u operaciones de atención médica, excepto en caso de emergencia. Sin embargo, no estamos obligados legalmente a aceptar dicha restricción a menos que (1) la divulgación sea para fines de pago u operaciones de atención médica y no sea requerida por ley, y (2) la PHI se refiera exclusivamente a un artículo o servicio de atención médica por el cual el individuo, o cualquier otra persona que no sea el plan de salud en nombre del individuo, nos haya pagado en su totalidad.
      4. Derecho a solicitar enmienda. Usted tiene derecho a solicitar que modifiquemos su PHI si cree que es incorrecto o incompleto, mientras mantengamos su historial médico. Debe hacer las solicitudes de modificación por escrito y proporcionar una razón que justifique la modificación solicitada. Podemos denegar su solicitud de modificación si: (ii) no creamos la PHI; (iii) no es información que mantenemos en su conjunto de registros designados, (iii) no es información que usted tenga permitido inspeccionar o copiar (como notas de psicoterapia), o (iv) determinamos que la información de salud protegida es precisa y completa.
      5. Derecho a una contabilidad de divulgaciones. Usted tiene derecho a solicitar y recibir un informe de las divulgaciones de información médica protegida (PHI) que hayamos realizado (excepto ciertos tipos de divulgaciones, incluidas, entre otras, las realizadas con fines de tratamiento, pago u operaciones de atención médica) durante los 6 años anteriores a la fecha de su solicitud. Debe enviar una solicitud por escrito para obtener dicho informe, especificando el período de tiempo que desea consultar, a nuestro representante en la dirección que figura al final de este Aviso.
      6. Derecho a las comunicaciones confidenciales. Usted tiene derecho a solicitar que nos comuniquemos con usted acerca de su información de salud protegida (PHI) por ciertos medios o en ciertos lugares. Por ejemplo, puede especificar que lo llamemos únicamente a su número de teléfono particular y no al de su trabajo. Debe enviar una solicitud por escrito, especificando cómo y dónde podemos comunicarnos con usted, al Responsable de Privacidad de HIPAA a la dirección que figura al final de este Aviso.
  • Registros de trastornos por consumo de sustancias. Ciertos registros relacionados con el tratamiento de trastornos por consumo de sustancias (TCS) están sujetos a protecciones federales adicionales de confidencialidad conforme a la Parte 2 del Título 42 del Código de Regulaciones Federales (CFR Parte 2), que en algunos casos ofrecen mayor protección que la Ley HIPAA. A partir del 16 de febrero de 2026, la Parte 2 del Título 42 del CFR se ha armonizado con la Ley HIPAA, lo que nos permite usar y divulgar los registros protegidos por la Parte 2 para fines de tratamiento, pago y operaciones de atención médica, de conformidad con el consentimiento informado por escrito del paciente. En la medida en que creemos o recibamos registros protegidos por la Parte 2 del Título 42 del CFR, los manejaremos de acuerdo con todos los requisitos federales aplicables y no los usaremos ni divulgaremos de ninguna manera que infrinja la ley federal.
  • Existe la posibilidad de que la información divulgada de conformidad con HIPAA pueda ser divulgada nuevamente por el destinatario y ya no esté protegida por HIPAA.
  • Cambios a este aviso. Nos reservamos el derecho de modificar este Aviso en cualquier momento, de conformidad con la legislación vigente, y de aplicar las nuevas disposiciones a toda la información médica protegida que mantenemos. El aviso revisado estará disponible previa solicitud en nuestra oficina y en nuestro sitio web.
  • Acuse de recibo de la notificación. Le solicitaremos que firme un acuse de recibo de este aviso.
  • Preguntas y quejas. Si desea obtener más información sobre nuestras prácticas de privacidad o tiene preguntas o inquietudes, contáctenos. Si le preocupa que hayamos podido infringir sus derechos de privacidad o no está de acuerdo con alguna decisión que hayamos tomado con respecto al uso, la divulgación o el acceso a su información de salud protegida (PHI), puede presentar una queja comunicándose con el Responsable de Privacidad a la dirección y el número de teléfono que figuran al final de este Aviso. También puede presentar una queja por escrito ante el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos. Le proporcionaremos la dirección para presentar dicha queja si así lo solicita.
  • Aviso electrónico.  Usted reconoce que podemos enviarle este aviso, y cualquier notificación de una violación de información de salud protegida no segura, electrónicamente, utilizando el correo electrónico que nos ha proporcionado.  

Apoyamos su derecho a la privacidad de su PHI. No tomaremos represalias de ninguna manera si decide presentar una queja ante nosotros o ante el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. Por favor dirija cualquiera de sus preguntas o quejas:

Attn: Oficial de privacidad (602) 508-4837 hipaa@americanvisionpartners.com
63 S. Rockford Dr. Suite 220 Tempe, AZ 85288

BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA LE SANCIONAREMOS POR PRESENTAR UNA QUEJA.